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Martes, 14 Enero 2020 19:55
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 Aporte monetario (a través de un cheque) destinado a los estudiantes de educación superior para solventar gastos derivados de su proceso educativo. Tales como financiar pasajes, matrículas, aranceles, materiales, ente otros.

DOCUMENTOS A PRESENTAR
• Ficha Registro Social de Hogares que indique residencia en la comuna de San Antonio.
• Copia simple cédula de identidad del estudiante (por ambos lados)
• Certificado original de matrícula y/o certificado alumno regular del establecimiento de educación superior al que pertenezca.
• Certificado de arancel correspondiente al año académico anterior.
• Acreditación socioeconómica (Copia simple de la última liquidación de sueldo, de pensión, boleta de honorarios u otro documento según corresponda). De no contar con algún documento de ingresos; deberá realizar una declaración de gastos mensuales. En caso de contar con aportes de terceros deberá efectuar una declaración simple (Ambos formularios estarán disponibles en los CDC).
• En caso de arrendar vivienda o pagar dividendo; debe presentar una copia simple del recibo correspondiente del pago.
• En caso de pagar por arriendo universitario; debe presentar el formulario de Arriendo de pensión Universitaria (formulario disponible en los CDC).
• En caso de enfermedades catastróficas; debe presentar una copia simple del certificado médico. En caso de enfermedades crónicas o de salud mental; debe presentar copia simple del carnet de control en consultorio.
• En caso de presentar capacidades diferentes (física, mental y/o sensorial); debe presentar copia simple del Carnet del Registro Nacional de la Discapacidad correspondiente.
• En caso de tener hermanos y/o hijos estudiantes en nivel superior; debe presentar copia simple del certificado de matrícula y/o alumno regular.
• En caso de que el postulante sea padre o madre; debe presentar copia simple del certificado de nacimiento correspondiente de su hijo(a).
• En caso de que el grupo familiar sea beneficiario del programa “Seguridad y Oportunidades”; debe presentar documento actualizado de la acreditación de participación en el programa.
• En caso de que el postulante no pueda asistir presencialmente; la postulación podrá ser efectuada por un tercero quién deberá presentar un poder notarial especialmente para esta finalidad.

PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
• A este beneficio se postula únicamente el primer trimestre de cada año (entre enero y marzo), por lo que debe estar informándose en la página web municipal (www.sanantonio.cl) o acercándose al Centro de Desarrollo Comunitario (CDC) más cercano a su domicilio. En el siguiente link podrá obtener información de todos los CDC de la comuna: https://dideco.sanantonio.cl/index.php/styles/asistentes-sociales
• Cuando se anuncien las fechas de postulaciones, tendrá hasta tres semanas para reunir los documentos mencionados anteriormente y llevarlos hasta el CDC más cercano a su domicilio. Recuerde que todos los formularios a completar pueden ser solicitados en los mismos CDC.
• En un periodo de dos semanas (posterior al tiempo de postulación) se revisarán los antecedentes. En dicho periodo, es posible que sea contactado vía telefónica para una evaluación con profesionales del Municipio.
• Finalmente, se publicará en la página web municipal (www.sanantonio.cl) los beneficiarios, quienes también serán contactado vía telefónica.

COSTOS
• No existen costos, puesto que es un beneficio.

OTRAS CONSIDERACIONES
• En caso de que en el grupo familiar hubiese más de un integrante cursando estudios superiores; sólo podrá postular al beneficio uno de ellos.
• No podrán postular a este beneficio aquellos alumnos de cursos de capacitación o en prácticas profesionales.
• Cualquier alumno que hubiese sido beneficiado el año anterior, deberá realizar nuevamente el procedimiento para postular, dado que no existe una renovación automática.
• Todo beneficiario de ésta beca deberá estar dispuesto a realizar trabajos en forma voluntaria, cuando sean requeridos por el Municipio (ya sean por razones de emergencias o solidarias), en retribución a la comunidad.
• Pueden postular a este beneficio todos los estudiantes que acrediten ser alumnos regulares de centros de formación técnica (CFT), institutos profesionales (IP), universidades estatales o universidades privadas cuyas carreras sean igual o superior a 4 semestres académicos.
• Todas las instituciones de Educación superior deben estar (obligatoriamente) reconocidas por el Ministerio de Educación.

 

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