a) Dirigir las actividades de Secreatría Administrativadel Alcalde y del Concejo;
b) Desempeñar como Ministro de Fé en todas las actividades Municipales;
c) Recibir, mantener y tramitar, cuando corresponda, la declaración de interes, establecida en la ley Nº 18.575.
j) Dar cumplimiento a todas aquellas funciones propias no especificadas y a als que el Alcalde o la Ley determine.