| INFORMACIÓN DEL TRÁMITE | 
            
            
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                    Es el proceso para dividir un suelo en partes menores, sin la necesidad de recurrir a obras de urbanización puesto que las que existen son suficientes. (Es decir, se cuenta al menos con redes de agua potable, alcantarillado y alumbrado público).
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                | DOCUMENTOS A PRESENTAR | 
            
            
                
                    
                        - Solicitud firmada por el propietario del terreno y por el arquitecto proyectista. Se incluye una declaración jurada simple del propietario como titular del dominio.
 
                        - Copia legalizada del certificado de avalúo fiscal (También puede presentar el original).
 
                        - Copia simple del certificado de informaciones previas vigente.
 
                        - Plano de subdivisión a escala no menor a 1:1000, con curvas a nivel al menos cada 2m, dimensiones de los deslindes del terreno, identificación de los lotes resultantes y sus dimensiones, cuadro de superficies de los lotes resultantes e indicación de las zonas de restricción y de riesgos que pudieran afectarlo.
 
                        - Plano de ubicación del terreno a escala no inferior a 1:5000, con indicación de las vías o espacios de uso público existentes en su proximidad y de otros elementos referenciales relevantes del lugar, que faciliten su identificación.
 
                        - Plano con graficación de la subdivisión predial existente y la propuesta.
 
                     
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                | PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE | 
            
            
                
                    
                        - Dirigirse a la Dirección de Obras Municipales, quienes se encuentran temporalmente en la Biblioteca Pública, ubicada en Sanfuentes 2365. A la altura del Liceo Juan Dante Parraguez.
 
                        - Presentar los documentos ya mencionados, teniendo presente las consideraciones que se mencionan al final de este informativo.
 
                        - El pago se realiza en el sector Cajas ubicadas en Av. Barros Luco 1881 (esquina Avenida El Molo). Luego debe volver a la Dirección de Obras con el comprobante.
 
                        - Se realizará una evaluación por parte de los profesionales del Municipio (análisis interno). Dependiendo del resultado, se estimará una fecha para la resolución de su solicitud.
 
                        - Según sea el caso, se realizarán algunas observaciones, las cuales deberán ser corregidas por el usuario.
 
                     
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                | COSTOS | 
            
            
                
                    
                        - 2% del avalúo fiscal del terreno, de acuerdo al Artículo 130° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
 
                     
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                | OTRAS CONSIDERACIONES | 
            
            
                
                    
                        - En caso de terrenos de más de 5 hectáreas, las curvas del nivel (en el plano de subdivisión) podrán graficarse, a lo menos, cada 5m.
 
                        - Todos los planos deberán ir firmados por el propietario y el arquitecto proyectista.
 
                        - Usted puede omitir el plano de ubicación y el plano con graficación si la información de éstos viene incluida en el plano de subdivisión.
 
                        - En el plano de subdivisión deberá agregarse, con letra Arial 12, la siguiente declaración: “El profesional patrocinante y el dueño del o los predios involucrados son responsables de corroborar que la documentación que acompaña el proyecto es fidedigna y oficial. A su vez también el profesional es responsable de la gráfica, medidas, deslindes y cotas que se asienten en el plano que será tramitado para archivo en el Conservador de Bienes Raíces respectivo”.
 
                        - Debe cumplir con:
                            
                                - La Ley General de Urbanismo y Construcciones.
 
                                - El Plan Regulador Comunal.
 
                                - La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
 
                             
                         
                     
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