Lunes, 24 Agosto 2020 16:33

Modificar Directiva de una Organización.

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INFORMACIÓN DEL TRÁMITE
Para todas aquellas organizaciones con personalidad jurídica constituida en la I. Municipalidad de San Antonio, que se encuentren dentro del plazo que señalan sus estatutos para realizar elección de una nueva directiva o deseen modificar algún integrante.
DOCUMENTOS A PRESENTAR
  • Copia simple de Acta de la Elección, donde se indique el proceso eleccionario.
  • Copia simple de Registro de socios actualizados.
  • Copia simple de Registro de socios que sufragaron.
  • Acta de establecimiento de la comisión electoral de acuerdo a lo señalado en los estatutos.
  • Certificado de antecedentes de los socios electos emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación que permita dar cuenta de lo señalado en el artículo 20 de la ley N° 19.418 y sus modificaciones.
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
  • Para renovar la directiva, la organización debe llamar a reunión de asamblea, en la cual se formará la comisión electoral, conformada por tres miembros. Dichos miembros no podrán ser candidatos a elección de directiva.
  • La comisión electoral deberá informar al módulo N° 13 de Organizaciones Comunitarias (ubicado en Ventanilla Única Municipal) con al menos 15 días hábiles anticipados, sobre el día, hora y lugar en dónde se realizará el proceso electoral.
  • Por Ley, la información sobre este proceso electoral estará publicado en la página web municipal www.sanantonio.cl.
  • La comisión electoral retirará en el módulo N° 13 de Organizaciones Comunitarias, los formatos tipo para realizar las elecciones y estatutos ajustados a la ley. Además, serán asesorados sobre cómo se debe llevar a cabo las elecciones.
  • Posteriormente, realizadas las elecciones, la comisión electoral dentro del plazo de 5 días hábiles, deberá ingresar la documentación en el módulo N° de Oficina de Partes. Una vez revisada, y a petición de la organización, la Secretaria Municipal emitirá certificado de vigencia provisorio que tendrá una validez de 30 días hábiles.
  • Transcurridos 20 días hábiles y sin presentar alguna reclamación, se dará por aprobada la elección y se remitirán los antecedentes al Registro Civil.
MODIFICACIÓN DE DIRECTIVA, POR RENUNCIA DE UNO DE LOS INTEGRANTES DE LA DIRECTIVA Y/O APLICACIÓN DE ESTATUTOS
  • En caso de que un miembro de la directiva titular (Presidente, Secretario o Tesorero) renuncie; se deberá retirar formulario de Reestructuración de Directiva, directamente en el módulo N° 13 de Organizaciones Comunitarias, donde se deberá adjuntar copia de la carta de renuncia del miembro del Directorio y depositarlos en la oficina de partes de la municipalidad.
  • En caso de aplicación de estatutos a uno de los miembros del directorio, se deberá retirar formulario de reestructuración, directamente en el módulo Nº 13 de Organizaciones Comunitarias, donde deberá adjuntar copia del acta de reunión de asamblea, señalando que se aplicó los estatutos al integrante de la directiva, con lista de asistentes a la reunión, copia de la carta de notificación al sancionado.
COSTOS
  • No existen costos asociados a este servicio.
OTRAS CONSIDERACIONES
  • La directiva debe haber cumplido, o estar por cumplir su vigencia de 3 años.
  • Todo socio que esté en descontento con una elección realizada, podrá realizar una reclamación. Esta debe realizarse en el Tribunal Electoral de la Regional, ubicado en Prat 732, 2º piso Valparaíso.
  • Al Tribunal Electoral Regional de Valparaíso, le compete calificar las elecciones de directorio de todos aquellos cuerpos intermedios que tienen derecho a participar en la designación de los integrantes de los Consejos Comunales de Organizaciones de Sociedad Civil (COSOC) tales como Corporaciones, Asociaciones Gremiales, sindicatos, Comunidades Indígenas, Cooperativas, entre otras.
Redirección a Portal Unidades
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