Lunes, 26 Octubre 2020 13:58

Infracciones a la ley de urbanismo y construcción, y su ordenanza

Valora este artículo
(0 votos)
INFORMACIÓN DEL TRÁMITE
Construir en contravención de la ordenanza, ejecutar obras sin el permiso de la Municipalidad, adulterar planos, incumplimiento a resoluciones, faltas a los proyectos de construcción, entre otras, son las infracciones señaladas en la Ordenanza y/o Ley de urbanismo y construcción.
DOCUMENTOS A PRESENTAR
  • Boleta de citación.
  • Cédula de identidad al día.
PROCEDIMIENTO DEL TRÁMITE
  • Debe dirigirse al Juzgado de Policía Local, ubicado en Av. Barros Luco N° 1881 (esquina el Molo).
  • Si usted acude el día y hora señalada en la boleta de citación, será atendido(a) por un funcionario del tribunal, quien pondrá a su disposición toda la información correspondiente a la infracción denunciada, tales como valor de la multa, documentación pertinente, etc.
  • En su calidad de infractor, usted tendrá derecho a solicitar una rebaja de la multa contemplada en la Ley, llenando el formulario denominado “DESCARGOS” que se encuentra disponible en el mesón de atención de público del tribunal.
  • También podrá solicitar audiencia con la Magistrado, justificando el motivo.
  • Una vez formulados los descargos, la Magistrado dicta sentencia, notificándose inmediata y personalmente la multa impuesta. Habitualmente, se concede un plazo de cinco días hábiles para pagarla.
  • Si usted no se conforma con la sanción impuesta o asiste con posterioridad al día de la citación, tiene derecho a solicitar una reconsideración de lo resuelto, llenando el formulario denominado “RECURSO DE REPOSICIÓN”, el cual se encuentra a disposición del público en el mismo mesón.
COSTOS
  • El valor de la multa dependerá del tipo de la infracción cometida, de acuerdo a las normas previstas en el DFL N° 458, sobre la Ley General de Urbanismo y Construcción y/o al DS N° 47 sobre la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
OTRAS CONSIDERACIONES
  • La persona denunciada puede acompañar, como medio de prueba, todos los documentos que acrediten su versión acerca de la infracción cometida.
  • La multa puede ser pagada de manera inmediata y el caso será archivado (término del proceso).
Redirección a Portal Unidades
Visto 6215 veces Modificado por última vez en Jueves, 10 Octubre 2024 09:57